BONELLI, GASTON DANTE c/ PROVINCIA ART S.A. -ACCIDENTE DE TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por inconstitucionalidad contra la resolución de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario, que modificó intereses y costas en un reclamo laboral, argumentando que los fundamentos del tribunal no vulneran derechos constitucionales y que la impugnante no demostró arbitrariedad.
- Quién demanda: Gastón Dante Bonelli
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamó indemnización por accidente de trabajo y actualización del capital con intereses, además de cuestionar la constitucionalidad de normas y la aplicación de intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó la queja, confirmando que la resolución de la Cámara de Rosario no viola derechos constitucionales. El tribunal argumentó que la modificación de intereses (a una tasa equivalente a dos veces la tasa activa del Banco Nación) y la sanción del artículo 109 del Código Procesal Laboral se basaron en precedentes y en la razonabilidad, considerando que la modificación benefició económicamente a la parte demandada y que la impugnación no mostró arbitrariedad. La imposición de costas fue razonable, dado el éxito parcial de la recurrente. La Corte afirmó que "la temática en juego (tasas de interés) no resulta ser objeto de la vía extraordinaria por tratarse de una cuestión privativa de los magistrados de la causa, salvo que se demuestre arbitrariedad o lesión a la garantía constitucional de defensa en juicio, circunstancia que la recurrente no logra demostrar en la especie."
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La modificación de intereses por la Sala respondió a un criterio fundado en precedentes jurisprudenciales, y la aplicación de la sanción del artículo 109 fue acorde con la doctrina del tribunal. La Corte destacó que los agravios no demostraron que la decisión fuera irrazonable o confiscatoria, y que la imposición de costas fue adecuada a la trascendencia de lo decidido. La disidencia, en cambio, consideró que la impugnante había presentado un planteo suficiente para avanzar, pero la mayoría rechazó la queja.
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