SEGOVIA, JOSE LUIS c/ ASOCIART ART S.A. -DEMANDA LABORAL-COBRO DE PESOS Y PRESTACIONES LEY 24557- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte provincial admitió parcialmente la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que revocó la condena laboral, cuestionando la constitucionalidad del artículo 14 de la ley 24557 y la aplicación de tasas de interés, por considerar que vulneran derechos constitucionales.
- Quién demanda: José Luis Segovia (actor)
¿A quién se demanda?
Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario y, en última instancia, la Corte provincial
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se cuestiona la constitucionalidad del fallo que revocó la sentencia de grado, particularmente en relación a la interpretación y aplicación de las leyes 24557 y 24557, y a las tasas de interés aplicadas.
¿Qué se resolvió?
La Corte admitió parcialmente la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, ordenando la elevación de los autos para su trámite correspondiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Sala, mediante decisorio del 21 de abril de 2020, denegó -por mayoría
- la concesión del recurso de inconstitucionalidad por ausencia de planteo oportuno de la cuestión constitucional, por considerar que el ocurrente incumplió con el recaudo contenido en el inciso 2 del artículo 3 de la ley 7055 y que sus reproches reflejaban la mera discrepancia con lo resuelto; lo que motivó la presentación directa del impugnante ante esta Corte.
En efecto, en el sub examine, la Alzada denegó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto señalando que las alegaciones vertidas al respecto por el compareciente en el memorial introductor comportaban una reiteración de los cuestionamientos que había exhibido al expresar agravios, constituyendo 'gran parte del desarrollo de su crítica' una transcripción textual de lo argumentado contra la sentencia de baja instancia.
A su vez, los juzgadores destacaron que tuvieron en cuenta para resolver este punto la doctrina emanada por esta Corte in re 'Ojeda' y 'Mansilla' sin que el presentante 'haya brindado un enfoque novedoso o que hubiere aportado elementos de convicción que tornen necesario un re-examen de la cuestión'.
Estas consideraciones permanecen incólumes toda vez que el ocurrente vuelve a disconformarse en similares términos a los que expuso al introducir el recurso de inconstitucionalidad, mas sin conseguir exponer un planteo constitucional idóneo para operar la apertura de esta instancia excepcional.
Máxime si tenemos en cuenta lo considerado por la Sala en el acuerdo impugnado en cuanto a que la declaración de inconstitucionalidad de una norma es la ultima ratio del ordenamiento jurídico y que el propio compareciente propone en el memorial recursivo -si bien subsidiariamente
- soluciones alternativas a ello.
Por su parte, tampoco resultan admisibles los reparos del recurrente relativos a los intereses fijados en autos. Ello así, pues el quejoso no alcanza a refutar eficazmente lo sostenido
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