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CHAPELET, CRISTIAN GABRIEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL MIGUEL ANGEL GARCIA; PABLO NICANOR EZEQUIEL FLORES; CRISTIAN GABRIEL CHAPELET; ALFIO IVAN AGUIRRE; LILIANA LUJAN ANTONIO Y DIEGO GUILLERMO GARCIA s/ ASOCIACION ILICITA EN CONCURSO REAL CON ESTAFA PROCESAL Y COAUTOR DE UNA ESTAFA PROCESAL EN CONCURSO IDEAL CON FALSIFICACION DE DOCUMENTO PRIVADO Y USO DE DOCUMENTOS FALSOS EN GRADO DE TENTATIVA, TODO EN CONCURSO REAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia denegó el recurso extraordinario interpuesto contra un fallo que había negado la concesión de un recurso de inconstitucionalidad, argumentando que el recurrente no cumplió con los requisitos formales y que sus agravios eran inadmisibles.

Recurso extraordinario Casacion Inconstitucionalidad Derechos constitucionales Fundamentacion Requisitos formales Agravios Denegacion Santa fe Control constitucional


- Quién demanda: Cristian Gabriel Chapelet (imputado)

¿A quién se demanda?

Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Concesión del recurso extraordinario por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la decisión del Tribunal de apelación.

¿Qué se resolvió?

La Corte denegó el recurso extraordinario argumentando que el recurrente no cumplió con los requisitos formales exigidos y que sus agravios no permitían habilitar la vía extraordinaria. La sentencia analizó que el recurrente no efectuó una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando los motivos que la sustentan, ni demostró la vinculación directa de las normas federales con el caso ni que la decisión fuera contraria al derecho invocado. La Corte también consideró que los agravios constituyen un intento de reabrir cuestiones ya resueltas y que los planteos carecían de fundamentación suficiente para justificar la vía extraordinaria. La resolución concluyó que no se configuraba ningún supuesto que permitiera excepcionar la aplicación de la acordada 4/2007, por lo que se denegó el recurso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia señala que "el remedio deducido por el presentante [...] no cumple con los recaudos establecidos en los incisos 'd' y 'e' del artículo 3 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 del Máximo Tribunal nacional", y que "los agravios expuestos constituyen un intento por renovar el debate respecto de cuestiones ya tratadas y resueltas". Además, sostiene que "los cuestionamientos no resultan idóneos para acreditar que el pronunciamiento atacado no contenga razones jurídicas bastantes" y que el recurrente no logra descalificar la fundamentación del fallo. La Corte concluye que no se evidencian motivos para habilitar la vía extraordinaria y, en consecuencia, niega el recurso.

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