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GILES, EULOGIO c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN -AMPARO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe admitió la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una sentencia que rechazó un recurso de nulidad en un proceso laboral. La decisión se fundamentó en la existencia de argumentos serios que podrían configurar violaciones al derecho a la jurisdicción y a derechos constitucionales, habilitando la instancia extraordinaria.

Incapacidad laboral Recurso de queja Inconstitucionalidad Derechos constitucionales Proceso laboral Jurisdiccion Cesantia Proteccion del trabajador Recursos judiciales. Ley 9256

Actor: Eulogio Giles Demandado: Municipalidad de Puerto General San Martín Objeto: Recurso de amparo y reclamos vinculados a su situación laboral y médica, con cuestionamientos a decisiones administrativas y judiciales sobre su incapacidad laboral y cesantía. Decisión: La Corte admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, habilitando el análisis de posibles violaciones constitucionales en la resolución judicial anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Surge de las constancias de autos, que mediante sentencia 339/20 el Tribunal referido declaró desierto el recurso de nulidad interpuesto por la demandada, y rechazó la apelación incoada por la misma parte. Consecuentemente, confirmó el decisorio de primera instancia con costas a la recurrente vencida. La parte accionada alegó que la sentencia ratifica una acción tramitada ante un Tribunal incompetente y que la misma viola derechos constitucionales de propiedad y debido proceso, además de apartarse de las constancias obrantes en autos y de la ley (fs. 8/19v). La recurrente también argumentó que la sentencia impone el pago de salarios en violación a los plazos de licencia prevista en la ley 9256, y cuestionó la falta de límite temporal en la percepción de haberes, así como la necesidad de una nueva Junta Médica para evaluar la incapacidad del actor, alegando que la resolución administrativa previa ya establecía la imposibilidad de realizar tareas. Además criticó la sentencia por contradicción con resolución administrativa firme y por la existencia de vías judiciales alternativas, además de sostener que la decisión favorece un enriquecimiento sin causa y viola el DNU 329/2020. La Corte concluyó que la postura de la recurrente cuenta con suficiente asidero en las constancias y puede configurar hipótesis de violación del derecho a la jurisdicción, por lo cual admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad."

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