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NARVAJA, SEBASTIAN RODRIGO c/ PROVINCIA DE SANTA FE -AMPAROS- Y MAC CORMACK, ADRIAN EDUARDO c/ ESTADO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE -AMPAROS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (ACLARATORIA)

La Corte Suprema de Santa Fe aclaró la resolución de rechazo del recurso de revocatoria in extremis del letrado de Sebastián Narvaja, estableciendo que las costas deben ser soportadas por la parte incidentista, debido a la omisión en la resolución original.

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Actor: La Provincia de Santa Fe Demandado: La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe Objeto: La aclaratoria de la resolución del 17 de noviembre de 2020, en la que se rechazó por inadmisible un recurso de revocatoria, y la inclusión de la imposición de costas a la parte incidentista.

¿Qué se resolvió?

La Corte aclaró y reformuló la resolución del 17 de noviembre de 2020, disponiendo que las costas del rechazo del recurso de revocatoria serán soportadas por la parte incidentista.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habrá de hacerse lugar a lo peticionado. En efecto, este Cuerpo, al resolver el rechazo, por inadmisible, del recurso interpuesto por el letrado de la parte actora, omitió pronunciarse sobre la imposición de costas respecto del mismo. Siendo ello así, debe aclararse la decisión mencionada, reformulando la parte resolutiva, disponiendo que las costas por el rechazo de la revocatoria in extremis serán soportadas por la parte incidentista." La resolución se fundamenta en el artículo 251 del Código Procesal Civil y Comercial y en jurisprudencia aplicable, sosteniendo que la omisión en pronunciarse sobre las costas amerita la aclaración y reforma del fallo. La Corte afirma que "siempre que en la parte que resuelve la sentencia no aclara si modifica o confirma lo decidido, implica que el resultado de la apelación será confirmar lo decidido por la instancia anterior", por lo que en este caso corresponde precisar que las costas serán a cargo de la parte incidentista. No se registran votos disidentes relevantes en la decisión.

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