ROMERO, SERGIO RUBEN Y OTROS c/ MUNICIPALIDAD DE ROSARIO -DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo que confirmó la inadmisibilidad de un recurso de apelación extraordinaria en un juicio por daños y perjuicios. La decisión se apoyó en la valoración de la prueba y la motivación suficiente de la Cámara.
- Quién demanda: La actora en el proceso "ROMERO, SERGIO RUBÉN y OTROS contra MUNICIPALIDAD DE ROSARIO".
¿A quién se demanda?
La Municipalidad de Rosario y en el marco del proceso, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la decisión de la Cámara que declaró inadmisible el recurso de apelación extraordinaria, alegando arbitrariedad y falta de motivación en la resolución.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema rechazó la queja por considerar que los agravios no lograron demostrar que la decisión de la Cámara sea arbitraria o carezca de motivación suficiente. La revisión del material probatorio y la valoración de hechos por parte de los tribunales de grado son atribución exclusiva de los jueces, y los argumentos de la actora solo expresan discrepancia. La Corte indicó que los agravios son insuficientes para descalificar la decisión en sede constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la lectura de los argumentos traídos a consideración de este Tribunal por la recurrente en su recurso de inconstitucionalidad, al ser confrontados con la resolución atacada, tan solo evidencian su discrepancia con los fundamentos expuestos por la Cámara, en tanto se advierte que toda la argumentación desarrollada, pese al matiz constitucional que pretende otorgarle, consiste en una reiteración de cuestiones que ya fueron oportunamente tratadas, sin lograr evidenciar que los argumentos con los cuales la Sala sustentó su fallo puedan teñir de arbitraria la sentencia recurrida; carga que se hace aún más gravosa cuando los reproches remiten a la valoración del material probatorio e interpretación de normativa de derecho común, cuya evaluación es materia privativa de los jueces de la causa y, por ende, ajena -en principio
- a su revisión por esta Corte."
"los agravios de la recurrente resultan insuficientes en orden a exponer con precisión cuál sería la concreta conexión entre la solución encontrada por la Alzada y la cuestión constitucional invocada, como tampoco logran desmerecer los fundamentos por los cuales el Tribunal entendió que debía confirmarse la sentencia de primera instancia."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: