SUÑER, VIVIANA MARIA c/ ALESSIO, CRISTIAN RAMON Y OTROS -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una sentencia de la Cámara de Apelación en lo Laboral. La decisión se fundamentó en que el recurso no cumplía los requisitos formales y que el planteo no evidenciaba arbitrariedad ni vulneración constitucional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Viviana Marisa Suñer A quién se demanda (Demandado): Cristian Ramón Alessio y otros Qué se reclama (Objeto de la demanda): Reclamaba el reconocimiento de relación laboral y pago de indemnización por despido, con discusión sobre la existencia y modalidad del vínculo laboral y su extinción. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Corte denegó la queja por considerarla inadmisible, argumentando que la impugnación no cumplía con los requisitos procesales y que la Cámara de Apelación fundamentó adecuadamente su decisión. Fundamentos principales de la decisión: "El recurrente se empeña en alegar la arbitrariedad del fallo cuestionado, mas sin lograr desmerecer los motivos dados por los magistrados al denegar el recurso de inconstitucionalidad. La Alzada ponderó que habiéndose postulado un despido directo verbal y no un autodespido, los elementos probatorios conducían a considerar la veracidad de la causal extintiva alegada por la parte actora, sin que pueda atender en esa instancia revisora al argumento invocado por la demandada vinculado con que la relación laboral se extinguió conforme lo normado por el artículo 241 in fine de la Ley de Contrato de Trabajo. Estas respuestas permanecen incólumes ante la ausencia en los planteos impugnativos de un agravio constitucional, advirtiéndose que el quejoso insiste en acusar al Tribunal por no haber analizado la situación fáctica que planteara apartándose de la normativa vigente y de las pruebas arrimadas al proceso, pero ninguna alusión hace en relación a lo expuesto por los sentenciantes respecto a que se acreditó en autos que la ruptura operó por el despido verbal efectuado por la demandada. La pretensión última del presentante es renovar un debate ya agotado en la instancia ordinaria, en ejercicio de funciones propias sobre cuestiones de hecho, prueba y derecho común que escapan al ámbito del remedio intentado. La Sala, en su decisión, ponderó que no existió vulneración constitucional y que la impugnación no cumplía los requisitos formales, por lo que corresponde rechazar la queja y declarar perdido el depósito efectuado."
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