SPEDALETTI, JOSE ADOLFO c/ SANATORIO AMERICANO S.R.L. -COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja del sanatorio por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que confirmó la existencia de relación laboral dependiente del actor. La resolución se fundamentó en la valoración probatoria y en la interpretación de normas presuncionales, reafirmando la competencia de los jueces ordinarios en el análisis de la naturaleza jurídica de la relación laboral.
- Quién demanda: José Adolfo Spedaletti (actor)
¿A quién se demanda?
Sanatorio Americano SRL (demandado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de la relación laboral dependiente y pago de rubros laborales
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema rechazó la queja del sanatorio y confirmó la decisión de la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe, que había confirmado la existencia de relación laboral dependiente y la aplicación de la presunción prevista en el artículo 23 de la ley 20744.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el sanatorio fue denegado por la Sala debido a que la apelación pretendía reabrir un debate ya resuelto y no aportaba argumentos constitucionales sustanciales. La Corte sostuvo que las cuestiones planteadas en la sentencia atacada, relacionadas con la interpretación y valoración de la prueba, son propias de los jueces ordinarios y ajenas a la órbita del recurso extraordinario. La jurisprudencia citada en la sentencia, en particular respecto a la aplicación del artículo 23 de la ley 20744, fue considerada adecuada y suficiente. Además, se resaltó que las constancias probatorias, como las facturas y testimonios, sustentan la carácter de la relación laboral, descartando la autonomía alegada por el sanatorio." "Asimismo, se destacó que la discusión sobre la naturaleza jurídica de la relación se fundamenta en un análisis fáctico y probatorio que corresponde a los jueces de la causa, y que el recurso de inconstitucionalidad no puede ser utilizado para cuestionar interpretaciones jurídicas o valoraciones de la prueba que son propias del ámbito de la jurisdicción ordinaria."
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