DRUETTO, JULIAN MARIO c/ SANTA INES MEAT S.R.L. s/ ORDINARIO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó parcialmente la sentencia de primera instancia que condenaba a Santa Inés Meat SRL por la venta de hacienda, ajustando la monto de la condena al valor de las facturas, fundamentando que dichas facturas, pese a su carácter unilateral, constituían indicio suficiente para determinar el precio y la existencia de la compraventa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Julian Mario Druetto, demandó a Santa Inés Meat SRL solicitando el pago de una suma por ventas de hacienda vacuna, base en informes del Mercado de Hacienda de Rosario y documentación respaldatoria. La primera instancia condenó a la demandada a pagar el monto reclamado, considerando acreditadas las operaciones y el precio, aunque con un análisis crítico sobre la validez probatoria de las facturas y la documentación tributaria. La demandada apeló alegando, entre otros puntos, la nulidad del fallo, la valoración arbitraria de pruebas y la incorrecta interpretación del valor probatorio de las facturas y libros. La Cámara concluyó que las facturas, aunque no conformadas, tenían valor indicio suficiente y que el actor no estaba obligado a presentar su documentación tributaria, en tanto no era comerciante. En cuanto al monto, la Sala revocó la condena por el monto calculado en base a valores de mercado y ordenó que la condena se funde en el monto de las facturas, que fueron valoradas como indicio probatorio. Además, dispuso que las costas de la instancia anterior sean distribuidas en un 25% a cargo del actor y 75% al demandado, y en un 50% en cada parte en esta instancia.
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