TOURN, EVANGELINO SANTIAGO c/ MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 de Santa Fe declaró la inadmisibilidad y el rechazo del recurso de apelación del actor, confirmando la sentencia que desestimó la pretensión de reincorporación y pagos por relación laboral irregular. La decisión se fundamentó en la inexistencia de acto administrativo formal y en la naturaleza eventual de la relación laboral del demandante.
- Quién demanda: Evangelino Santiago Tourn
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Villa Ocampo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reincorporación a planta permanente, pago de salarios caídos, diferencias salariales, reajuste, depósito de aportes previsionales, y reconocimiento de relación laboral estable.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la demanda y confirmó la improcedencia del recurso, considerando que no existió acto de designación formal ni relación de empleo permanente, y que las tareas realizadas fueron en carácter eventual. Además, se desestimaron las pretensiones por prescripción y por inexistencia de causa de cesantía previa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La relación laboral fue considerada eventual y en negro, sin acto administrativo formal de nombramiento ni carácter estable; el ejercicio ininterrumpido de funciones no transforma una relación precaria en permanente; la desvinculación no fue ilegítima por falta de sumario previo, y no se acreditaron diferencias salariales ni derechos a estabilidad. La jurisprudencia local y nacional respalda que el carácter de relación de empleo público requiere acto formal y cumplimiento de requisitos específicos; la mera prestación de servicios en forma discontinuada o eventual no genera derechos a la estabilidad ni salario caído. La relación fue claramente de naturaleza precaria, sin derecho a reincorporación.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: