VILLARRUEL, MONICA BEATRIZ c/ AUTOSERVICIO LOS 3 HERMANITOS y OTROS -COBRO DE PESOS-LABORAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad en una causa laboral, confirmando la decisión de la Cámara que consideró que la impugnante no logró demostrar arbitrariedad ni vulneración constitucional en la sentencia de grado.
- Quién demanda: Mónica Beatriz Villarruel (actora)
¿A quién se demanda?
Autoservicio Los 3 Hermanitos y otros (demandados)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de la sentencia que rechazó su demanda laboral, alegando violaciones constitucionales, errores en la valoración de prueba y arbitrariedad en la decisión de la Cámara de Rafaela.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema rechazó la queja por inconstitucionalidad y confirmó que la decisión de la Cámara no exhibe carencias de fundamentos ni violaciones constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La recurrente en su presentación directa incumple la carga estipulada en el artículo 8 de la ley 7055 de rebatir cada uno de los motivos expuestos por la Cámara para apoyar su decisión de denegar la concesión del remedio extraordinario."
"De la lectura de la pieza recursiva se evidencia la mera discrepancia -sin entidad constitucional
- con lo decidido por el A quo, en torno a cuestiones de hecho y de valoración de la prueba rendida en la causa."
"La argumentación desarrollada por la impugnante, pese al matiz constitucional que pretende conferirle a sus agravios, no logra en definitiva demostrar que la respuesta del Tribunal sentenciante exhiba una decisiva carencia de fundamentos o haya supuesto un irrazonable apartamiento de la solución normativa prevista para el caso."
"La Cámara ponderó las probanzas rendidas en el expediente mas con un alcance distinto al pretendido por el recurrente. En suma, lo único que puede inferirse es su desacuerdo con la tesis del A quo en cuestiones de valoración de hechos y prueba, que no corresponden a esta Corte revisar."
"No ha logrado demostrar que el decisorio tildado de arbitrario no resguarde los niveles mínimos del derecho a la jurisdicción."
Por lo tanto, la Corte rechaza la queja y confirma la decisión de la Cámara de Rafaela.
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