HAMMERLY, JORGE ALBERTO c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe revocó el decreto 4424/15 y las resoluciones de la Caja de Jubilaciones que anulaban el beneficio de jubilación de Jorge Alberto Hammerly, reconociendo su derecho a mantener la jubilación otorgada en 2007, por considerar que la anulación viola principios de seguridad jurídica y buena fe.
- Quién demanda: Jorge Alberto Hammerly
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe y sus órganos previsionales
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de nulidad del decreto 4424/15 y las resoluciones que anularon su beneficio jubilatorio, y el reconocimiento de la jubilación concedida en 2007.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la nulidad del acto administrativo que anuló la jubilación, y reconoció el derecho del actor a mantener la jubilación en los términos de la resolución 6908/07.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La anulación del beneficio dispuesto por la Caja se contradice con los antecedentes del caso, en los que no se ha comprobado que el actor haya accedido a la jubilación por medios ilícitos, ni que la voluntad de la Caja al otorgar la prestación se encontrara viciada por hechos o antecedentes inexistentes o falsos". "El acto de otorgamiento del beneficio jubilatorio fue regularmente dictado, de conformidad con la normativa aplicable al caso... que el derecho a la jubilación ordinaria fue incorporado a su patrimonio, encontrándose amparado por las garantías de inviolabilidad de la propiedad y tutela integral". "Una distinta interpretación del ordenamiento jurídico no torna sin más ilegítimo al acto dictado en base a otra interpretación; la Caja otorgó el beneficio considerando la totalidad de los servicios y requisitos, y la revisión posterior sin fundamentos sólidos vulnera principios de seguridad jurídica y confianza en la administración". "El carácter alimentario de los beneficios previsionales obliga a sostener el principio de favorabilidad, y en caso de duda, debe favorecer al beneficiario". Se concluye que la resolución que anuló la jubilación fue ilegal, afectando derechos adquiridos y principios constitucionales, por lo que corresponde confirmar la protección del beneficio otorgado en 2007.
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