GARCIA DEAN, ALAN JAVIER c/ RTD S.R.L. Y OTROS -LABORAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe admitió parcialmente la queja contra la resolución que rechazó un recurso de inconstitucionalidad presentado por una trabajadora. La decisión cuestionada fue considerada arbitraria en el análisis de las pruebas y la valoración probatoria, especialmente respecto a diferencias salariales y horas extras, pero se rechazaron otros planteos por falta de fundamentación constitucional suficiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora demanda por diferencias salariales, horas extras, indemnizaciones por antigüedad, preaviso, vacaciones no gozadas, y la entrega de certificado de trabajo contra RTD S.R.L.
- La Cámara de Reconquista revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en algunos rubros y confirmó en otros, rechazando la mayoría de los agravios de la demandante.
- La queja impugnó la decisión por considerarla arbitraria, por apartarse de la verdad jurídica objetiva, y por vulnerar derechos constitucionales como el debido proceso, la defensa en juicio y la motivación adecuada, específicamente en:
La distribución de la carga probatoria respecto a las diferencias salariales, alegando que se apartó del artículo 53 de la Ley de Contrato de Trabajo y tomó como válidos los recibos de sueldo reconocidos por ambas partes.
La apreciación de testimonios e interpretación de las pruebas relativas a horas extras, argumentando que la Cámara no consideró toda la prueba y realizó un juicio de valor injustificado.
La incorporación y valoración de pruebas documentales sobre indemnizaciones (como la intimación fehaciente en la Secretaría de Trabajo) que no fueron materia de apelación, y que su omisión afecta la correcta interpretación del derecho.
- La Corte de Santa Fe concluyó que los agravios relativos a la valoración de la prueba y la carga probatoria constituyen meras disconformidades con la valoración judicial y no configuran una cuestión constitucional suficiente. Sin embargo, admitió parcialmente la queja respecto a la valoración de ciertos aspectos probatorios y la interpretación de las indemnizaciones, ordenando la elevación de los autos y el trámite correspondiente.
- La disidencia parcial de los ministros Gutiérrez y Spuler sostuvo que los agravios no lograron desvirtuar la fundamentación del Tribunal y que la valoración probatoria y la carga de la prueba son funciones propias del juez ordinario, por lo que la queja debía ser rechazada en su totalidad.
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