INTURIAS, DIEGO ANDRES c/ LA SEGUNDA ART S.A. - SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia de la Cámara Laboral y remandó la causa a un tribunal subrogante para un nuevo pronunciamiento, por considerar que la sentencia impugnada incurrió en arbitrariedad y omisiones fundamentadas.
- Quién demanda: Diego Andrés Inturias, en una acción contra La Segunda ART S.A. por accidente laboral ocurrido el 2 de noviembre de 2009 durante tareas como oficial yesero en una obra en construcción.
¿A quién se demanda?
La Segunda ART S.A., aseguradora de riesgos del trabajo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de indemnización por accidente y/o enfermedad laboral, incluyendo daños y secuelas, con una incapacidad del 6% y una suma de $66.000, además de intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró la inconstitucionalidad de la sentencia de la Cámara Laboral, la anuló y ordenó remitir la causa a un tribunal subrogante para que dicte un nuevo pronunciamiento, fundamentando que la sentencia incurrió en arbitrariedad y omitió valorar pruebas y aspectos jurídicos relevantes, especialmente en relación a la responsabilidad de la aseguradora y la indemnización tarifada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte observó que la sentencia impugnada no valoró adecuadamente las pruebas sobre incumplimientos en seguridad laboral por parte de la aseguradora y omitió pronunciarse sobre la responsabilidad en el marco de la ley 24557 y la ley tarifada. Consideró que se infringieron principios constitucionales y garantías del debido proceso y propiedad, y que la resolución fue arbitraria por falta de fundamentación suficiente. Además, resaltó que la sentencia no abordó la responsabilidad integral prevista en la ley de riesgos del trabajo, afectando el derecho del trabajador a la jurisdicción. La Corte sostuvo que la decisión contenía errores que ameritaban su nulidad y remisión para una nueva resolución que garantice la adecuada tutela judicial efectiva.
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