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FLORES, EVANGELINA JUANA c/ ASOCIART ART S.A. -ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD DEL TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe admitió la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que fijó en menor porcentaje la tasa de interés en un caso de daños laborales. El tribunal consideró que las alegaciones de la actora mostraban un posible apartamiento de jurisprudencia nacional y provincial, y concedió la queja para garantizar el derecho a la jurisdicción.

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- Quién demanda: Evangelina Juana Flores

¿A quién se demanda?

Asociación ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la decisión que fijó en menor porcentaje la tasa de interés por daños laborales, alegando vulneración del derecho a la jurisdicción y afectación de garantías constitucionales.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe admitió la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad y concedió el recurso, considerando que las alegaciones iniciales demostraban un posible apartamiento de jurisprudencia del Máximo Tribunal de la Nación y que la situación justificaba la apertura de esta instancia extraordinaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Dicho esto, en una apreciación mínima y provisoria, propia de esta instancia y sin que ello implique adelantar opinión sobre la sustantiva procedencia de la impugnación (art. 11, ley 7055). Por ello, la Corte Suprema de la Provincia, RESUELVE: Admitir la queja interpuesta y, en consecuencia, conceder el recurso de inconstitucionalidad. Disponer que por Presidencia se requiera la elevación de los autos principales y se les imprima el trámite que corresponda." La Sala consideró que las alegaciones de la recurrente, invocando que el criterio sostenido por la Cámara respecto de los intereses consolidaba un desajuste reparatorio y una afectación de garantías constitucionales, alcanzaban a demostrar liminarmente un posible apartamiento de jurisprudencia del Máximo Tribunal de la Nación, lo que justificaba la apertura del recurso. La decisión fue firmada por los ministros Falistocco, Gutiérrez, Netri y Spuler, con el voto concurrente de la ministra G. Gastaldi.

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