SOTTINI, MARGARITA OFELIA c/ SOTTINI, JUAN Y OTROS s/ DEMANDA USUCAPION
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe confirmó el rechazo de la demanda de usucapión por falta de prueba suficiente de la interversión del título en el período legal y la posesión pacífica, pública e ininterrumpida en el inmueble en disputa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Margarita Ofelia Sottini, demandó para adquirir por usucapión un inmueble en calle Juan María Gutiérrez 2741, alegando posesión desde 1999 y actos demostrativos desde 1992.
- Los demandados, coherederos del propietario original y otros, rechazaron la pretensión, negando la posesión y alegando que la misma no fue pacífica ni exclusiva.
- La jueza de primera instancia resolvió que la prueba no acreditaba la posesión suficiente para configurar la usucapión, y la actora apeló.
- La Cámara de Apelaciones confirmó que la actora no logró demostrar la interversión del título ni la posesión por el plazo legal de veinte años, basándose en el análisis de pruebas documentales, testimoniales y de informes administrativos.
- La sentencia resaltó que la posesión como condómino no es suficiente para prescribir, y que la prueba de la exclusión de otros condóminos no fue acreditada. También consideró que la evidencia de mejoras y pagos no fue suficiente para justificar la usucapión.
- La Cámara rechazó la apelación y confirmó la sentencia de primera instancia, con costas a la parte actora.
- Los jueces Alonso y Fabiano votaron en el mismo sentido, Vargas se abstuvo.
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