CARDIN, ELENA BEATRIZ s/ SUCESORIO
La Cámara de Apelaciones declaró inadmisible el recurso de apelación por haber sido presentado fuera de término, considerando que la concesión del recurso por parte del juez de primera instancia fue errónea y que la impugnación fue intempestiva. La decisión se fundamentó en el cumplimiento de los plazos procesales y en la normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Caja Forense A quién se demanda (Demandado): Juez de grado (en relación a la regulación de honorarios y auto regulatorio) Qué se reclama (Objeto de la demanda): Revisión de la decisión que regula los honorarios del abogado Javier Vigo Leguizamón y la validez del auto regulatorio Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Cámara declaró inadmisible el recurso de apelación por presentar fuera de término y, en consecuencia, lo rechazó, confirmando la decisión de primera instancia Fundamentos principales de la decisión: El tribunal analizó la admisibilidad del recurso de apelación en subsidio presentado por la Caja Forense y determinó que fue presentado fuera de los plazos legales, en particular, que la reposición y la apelación en subsidio se presentaron tras vencidos los plazos de tres y cinco días hábiles, respectivamente. Se citó jurisprudencia y artículos del CPCC que establecen la naturaleza improrrogable de esos plazos, y se concluyó que la competencia de la Cámara para rechazar de oficio recursos presentados extemporáneamente. Además, se argumentó que la concesión del recurso por parte del juez de grado fue errónea y que la normativa aplicable no admite dispensas ni prórrogas para tales plazos, resaltando la necesidad de cumplir estrictamente los mismos.
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