MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DEL RINCON c/ CERF, BARBARA s/ RECURSO DIRECTO (APELACION DENEGADA)
La Cámara de Apelaciones en Santa Fe declaró la inconstitucionalidad de la norma que restringía la apelabilidad del auto que declara la caducidad de instancia, garantizando así el derecho al recurso y el debido proceso. La decisión se fundamentó en la vulneración de derechos constitucionales y garantías procesales.
Actor: Municipalidad de San José del Rincón Demandado: Barbara Cerf Objeto: Recurso directo contra el auto que rechazó la caducidad de la instancia en un proceso de ejecución de sentencia. Decisión: La Cámara acogió el recurso de queja, concediéndolo con efecto suspensivo, y declaró la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 232 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe, que limitaba la apelabilidad del auto que declara la caducidad de la instancia. La decisión del tribunal se fundamentó en que esa restricción vulnera garantías constitucionales, en particular, el derecho de defensa y el acceso a la doble instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal resaltó que la reforma introducida por la ley 13.615 al artículo 232 del Código Procesal, que restringió la apelabilidad del auto que declara la caducidad de la instancia, "no tiene otro mérito que el de hacer triunfar, por la fuerza del poder, una postura sobre la otra, sin mostrar la más mínima preocupación por los argumentos que con seriedad y fundado apego al ordenamiento local ha hecho la mitad de la doctrina judicial y procesal de la Provincia." La Cámara de Rosario y Santa Fe han sostenido que la resolución que desestima un planteo de caducidad no es apelable, postura que ha sido refutada por este Tribunal, que entiende que esa limitación viola garantías constitucionales. La reforma legislativa, en cambio, "evidencia una clara lesión al debido proceso y afectación a la garantía de la inviolabilidad de la defensa en juicio." Se concluye que la norma del último párrafo del artículo 232 del CPCCSF es inconstitucional, y se concede el recurso de apelación con efecto suspensivo.
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