GIMENEZ, JOSE LUIS c/ PROVINCIA ART -DEMANDA LABORAL- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que aplicó doble actualización del índice RIPTE en indemnización laboral, anula dicha sentencia y remite el expediente para un nuevo pronunciamiento.
Actor: La aseguradora (Provincia ART) Demandado: José Luis Giménez Objeto: Revisión del cálculo indemnizatorio por incapacidad laboral, específicamente la correcta aplicación del índice RIPTE para actualización de montos y la constitucionalidad del método empleado. Decisión: La Corte declaró la constitucionalidad del recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia impugnada por aplicar indebidamente una doble actualización del índice RIPTE, y remite los autos para dictar un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte analizó que la sentencia recurrida utilizó el índice RIPTE en dos etapas distintas: primero, para determinar el piso legal ajustado por las resoluciones de la Secretaría de Seguridad Social, y luego, para actualizar el monto indemnizatorio en forma adicional, multiplicando por el índice correspondiente a la fecha del hecho y la sentencia, lo cual no está avalado por la normativa aplicable ni por la jurisprudencia, en particular el fallo "Espósito".
La sentencia cuestionada cometió una "indebida doble actualización del monto indemnizatorio", en contraposición a la normativa vigente, que establece que la actualización debe hacerse en una sola instancia, usando la tasa de interés o el índice que corresponda, sin repetir el proceso.
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto no abordó adecuadamente el agravio respecto a la doble indexación y justificó la fallo en que no existía una fórmula superadora del método utilizado, dejando sin resolver el planteo central.
La Corte sostuvo que la interpretación de la normativa debe favorecer la posición más beneficiosa para el trabajador y que la utilización indebida del índice RIPTE viola derechos constitucionales, por lo que la sentencia debe ser anulada.
La Corte concluyó que la correcta interpretación de la ley y la jurisprudencia requiere que la actualización de los créditos laborales se realice en una única instancia, de acuerdo con el método legal vigente, sin aplicar doble actualización, en línea con el fallo "Espósito" y la jurisprudencia que la acompaña.
- Votos: La decisión fue unánime, con los votos en disidencia de los ministros Gutiérrez y Erbetta en cuanto a la fundamentación, pero coincidiendo en la conclusión de declarar la inconstitucionalidad y anular la sentencia.
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