SALVATORE, JOSE c/ MAZZOLA, LAURA GUADALUPE Y OTROS s/ DESALOJO
La Cámara de Apelación de Circuito de Santa Fe confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el desalojo del inmueble en disputa. Los jueces rechazaron los recursos de nulidad y apelación por considerar que no existió vulneración del derecho de defensa ni arbitrariedad en la resolución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por José Salvatore contra Laura Guadalupe Mazzola y otros, solicitando el desalojo del inmueble ubicado en calle 1° de mayo N° 6743, Santa Fe. La sentencia de primera instancia dictada el 29 de marzo de 2019 hizo lugar a la demanda y ordenó el desalojo. Las demandadas interpusieron recursos de nulidad y apelación, alegando que la sentencia era nula por vicios en el procedimiento, específicamente por no haberse resuelto un recurso de revocatoria que habría impedido la incorporación de prueba. El tribunal de alzada analizó la nulidad alegada y concluyó que no existió privación efectiva del derecho de defensa ni del debido proceso. Citando jurisprudencia, afirmó que "conforme criterio sostenido en doctrina y jurisprudencia, consentido el llamamiento de autos para sentencia quedan purgadas las deficiencias procesales previas". Además, sostuvo que "lo único que debe analizarse en autos, es si la demandada tiene o no tiene obligación de devolver o restituir el inmueble", y que "la existencia de varios sellos que documentan inscripciones marginales, cautelares o informes no invalidan ni descalifican la legitimación de la actora". Respecto al recurso de apelación, el tribunal consideró que la parte recurrente no había probado que el análisis del juez de primera instancia fuera superficial ni que se hubieran vulnerado derechos constitucionales. En consecuencia, rechazó los recursos y confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo costas a las demandadas vencidas. Fundamentos principales: "En ningún momento se observa que haya habido una privación efectiva del derecho de defensa en juicio o al debido proceso del nulidicente". "El juicio de desalojo es un proceso de carácter especial que se limita a determinar si la parte demandada tiene obligación de devolver o restituir el inmueble". Además, se destacó que "el hecho de la existencia de varios sellos que documentan inscripciones marginales, cautelares o informes no invalidan ni descalifican la legitimación de la actora". Votos en disidencia: No se registran votos disidentes en la sentencia.
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