REDIGONDA, DANTE HORACIO c/ SUAREZ, RUBEN EMILIO -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)
La Corte Suprema de Santa Fe resolvió inadmitir el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el demandado en un proceso laboral. La decisión se fundamentó en que los agravios no configuraron vulneración constitucional, sino cuestiones procesales propias de la instancia de grado, por lo que el recurso fue considerado inadmisible.
Quién demanda: Dante Horacio Redigonda
¿A quién se demanda?
Rubén Emilio Suarez
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos por rubros laborales, tras despido sin causa y por incumplimientos en el registro laboral y salario
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó el recurso de inconstitucionalidad del demandado, confirmando la validez del fallo de la Cámara de Rosario que condenó al demandado a pagar indemnizaciones por la extinción de la relación laboral
Fundamentos principales de la decisión:
- La Corte analizó la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad, señalando que los agravios no demostraron vulneración constitucional ni vulneraron derechos fundamentales, sino que corresponden a cuestiones procesales que no son revisables por esta vía.
- Se destacó que los agravios se limitaron a expresar disconformidad con la valoración de pruebas y la interpretación de normas procesales, lo cual no constituye motivo suficiente para apartarse de la regla de inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad en materia laboral.
- La Corte reiteró que la mera discrepancia con la valoración probatoria o con la interpretación de reglas procesales no habilita el recurso de inaplicabilidad constitucional, y que en el caso no se evidenció la existencia de una vulneración constitucional que justifique su tratamiento.
- Además, se afirmó que la resolución de la instancia anterior fue adecuada y fundada en normas procesales, sin que exista arbitrariedad o violación de derechos constitucionales.
- La decisión fue adoptada por mayoría, con el voto en disidencia del Dr. Falistocco, quien consideró que los agravios tenían suficiente entidad para admitir el recurso.
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