RAMPELLO, SALVADOR HUGO c/ DI FELICE, PABLO Y OTROS s/ JUICIO ORDINARIO
La Cámara de Rosario revoca la sentencia de primera instancia y hace lugar a la demanda por transferencia de dominio de un vehículo Peugeot 504, confirmando que, tras acreditar la compraventa y la entrega del automóvil, el actor puede ejercer la acción subrogatoria contra los titulares registrales, quienes prestaron conformidad para la transferencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Salvador Hugo Rampello promovió demanda contra Pablo Di Felice, María Isabel Tamborini de Chiodi y Claudia Beatriz Chiodi, solicitando la transferencia del vehículo Peugeot 504, adquirido en 1999, del cual no se había realizado la transferencia por falta de documentación. La sentencia de primera instancia rechazó la acción subrogatoria contra las codemandadas María Isabel Tamborini de Chiodi y Claudia Beatriz Chiodi, argumentando que no se acreditaba relación contractual entre Di Felice y los titulares registrales. La Cámara de Rosario revoca esta decisión, argumentando que, pese a no existir relación contractual directa, las constancias demuestran que Di Felice adquirió el automóvil de Chiodi y luego lo entregó a Rampello, y que las operaciones jurídicas están acreditadas. La sentencia destaca que la acción subrogatoria puede ejercerse cuando el dominio del vehículo aún está en cabeza del titular registral y se acreditan sucesivos negocios jurídicos. Además, las costas fueron impuestas en el orden causado, y los honorarios en la Alzada se fijaron en el 50 % de los de primera instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: