ALBERTI, DIEGO ALBERTO s/ HOMICIDIO CULPOSO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la sentencia que condenó a Diego Alberto Alberti por homicidio culposo, rechazando los agravios por el tiempo transcurrido y la valoración de la prueba, y manteniendo la pena de tres años de prisión condicional y las reglas de conducta.
Actor: La Fiscalía, la Querella y la Defensa Técnica (apelantes). Demandado: Diego Alberto Alberti. Objeto: La revocación de la fallo de primera instancia, por considerar que el plazo de procesamiento fue irrazonable y que la valoración de la prueba no fue adecuada, además de solicitar la imposición de pena de inhabilitación para conducir. Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando los agravios sobre la prescripción, la valoración de la prueba y la pena de inhabilitación. La valoración del largo tiempo transcurrido (siete años) no fue considerada violatoria del derecho a un plazo razonable, ya que el hecho fue grave, y el proceso, aunque extenso, se enmarca dentro de la normalidad del sistema procesal. La prueba recopilada fue considerada suficiente para sostener la responsabilidad penal del imputado, y el paso del tiempo fue valorado como un elemento que hace irrelevante la pena de inhabilitación, por lo que no se impuso dicha pena. La sentencia de condena fue confirmada en todos sus términos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó el argumento de la defensa respecto al plazo excesivo y concluyó que, aunque extenso, no resultó irrazonable en el contexto del sistema procesal penal argentino y considerando la gravedad del hecho y el interés de las víctimas. Además, la valoración de la prueba por el juez de primera instancia fue considerada adecuada, habiendo acreditado la responsabilidad de Alberti en el accidente fatal ocurrido en 2012. En cuanto a la pena de inhabilitación, el paso del tiempo y la ausencia de nuevas infracciones justificaron su no imposición, en línea con los principios de prevención especial y la finalidad de la pena. La Cámara entendió que la decisión del juez de primera instancia se ajustó a derecho, por lo que confirmó la sentencia en todos sus términos.
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