SOSA, AUGUSTO FABIAN s/ PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL
La Cámara de Rosario revoca la absolución y condena a Sosa por portación ilegal de arma de fuego, imponiendo una pena de un año de prisión en suspenso con reglas de conducta. La decisión se fundamenta en la valoración de pruebas y en la irregularidad del procedimiento policial.
Actor: La Fiscalía y la Oficina de Gestión Judicial. Demandado: Augusto Fabián Sosa. Objeto: La revocación de la absolución y la condena por portación ilegal de arma de fuego. Decisión: La Cámara de Rosario revoca la absolución dictada en primera instancia, condenando a Sosa a un año de prisión en suspenso por el delito de portación ilegal de arma de fuego de uso civil. Se considera que las pruebas producidas y la valoración de las mismas justifican la condena, descartando las irregularidades alegadas por la defensa. La sentencia destaca que la evidencia, incluyendo las declaraciones policiales, la prueba balística y los llamados al 911, acreditan la participación del imputado en los hechos. La valoración de la contradicción en las declaraciones policiales no resulta suficiente para invalidar la prueba, dado que las circunstancias en que fue detenido Sosa, su vestimenta y el arma secuestrada son elementos concluyentes. El fallo además ordena el decomiso del arma y el destino final conforme a la ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El hecho probado y la prueba documental, incluyendo las declaraciones de los policías Cisneros y Lastra, la pericia balística y la constancia de llamados telefónicos al 911, acreditan que Sosa fue aprehendido en las circunstancias que indican su participación en la portación ilegal de arma de fuego, sin que las supuestas contradicciones o irregularidades en las actas policiales puedan invalidar la evidencia. La valoración de las testimoniales y la coherencia en la secuencia de hechos refuerzan la hipótesis de la condena. La alegación de fraude en el acta de procedimiento no resulta probada y la versión del imputado no logra desvirtuar los elementos probatorios. Por todo ello, corresponde revocar la sentencia absolutoria y condenar al imputado en los términos señalados."
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