ESCORIHUELA, MARIANO c/ PIFANO ALEJANDRO Y OTROS s/ DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara de Venado Tuerto confirmó la declaración de caducidad de instancia en un proceso por daños y perjuicios por haber transcurrido más de nueve meses sin actividad procesal, ratificando la decisión del juez de grado que consideró el expediente detenido por inactividad.
- Quién demanda: Mariano Escorihuela
¿A quién se demanda?
Alejandro Pifano y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de un proceso judicial
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la declaración de caducidad de instancia por inactividad del proceso durante más de nueve meses, en virtud del artículo 232 del CPCC reformado, y rechazó el recurso de apelación del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El expediente permaneció en poder del propio actor durante casi once meses sin movimiento procesal, desde la última presentación en marzo de 2019 hasta marzo de 2020, sin que se realicen actos de impulso. La suspensión de términos ordenada en 2018 no impide la caducidad, ya que solo detiene el curso del plazo de caducidad, que es perentorio y cuya inacción de las partes determina su extinción." "El interés en la prosecución del proceso no se traduce en actos concretos de impulso, y la mera retención del expediente sin actividad suficiente para mantener vivo el proceso no interrumpe el plazo de caducidad." "El análisis normativo y jurisprudencial confirma que la suspensión de términos no afecta la caducidad, que prosigue su curso, y que las acciones de la parte actora, como la retirada del expediente, refuerzan la conclusión de inactividad."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: