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BURELLA, BARBARA SAMANTA Y OTROS c/ DIP, CARLOS ALBERTO Y OTROS -DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que consideró arbitraria por apartarse de la interpretación correcta sobre el efecto interruptivo del beneficio de litigar sin gastos en la prescripción de la acción civil. La sentencia fue anulada y los autos remitidos para un nuevo dictamen.

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- Quién demanda: La Provincia de Santa Fe, en su carácter de parte codemandada.

¿A quién se demanda?

La actora, Barbara Samanta Burella, y otros, por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 25.05.2007.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios por el accidente, y la discusión sobre si la prescripción de la acción se había interrumpido por el beneficio de litigar sin gastos solicitado en 2008 y la demanda presentada en 2012.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró la arbitrariedad de la sentencia impugnada por considerar que la Sala había fundamentado incorrectamente la interrupción de la prescripción por el beneficio de litigar sin gastos, y ordenó remitir los autos para una nueva valoración por el tribunal de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La sala incurrió en arbitrariedad al apartarse de los cánones de motivación y fundamentación exigibles, ya que la interpretación de la normativa sobre la prescripción y el efecto del beneficio de litigar sin gastos resulta razonable y acorde a la legislación vigente, particularmente a la normativa del Código Civil y del Código Procesal Civil y Comercial. La sentencia impugnada no brindó una fundamentación adecuada, alterando el sentido lógico y razonable de la interpretación jurídica, lo cual constituye una vulneración del derecho a una sentencia fundada y motivada." "Asimismo, la interpretación de que la interrupción por pobreza dura indefinidamente o se prolonga más allá del proceso viola los principios de seguridad jurídica y celeridad, además de contradecir precedentes jurisprudenciales y la normativa vigente al momento del hecho." Los votos en disidencia consideraron que la sentencia no era arbitraria y que la interpretación adoptada por la Sala era válida, pero la mayoría decidió declarar la arbitrariedad y anular la resolución para que se dictara una nueva, en línea con la correcta interpretación del efecto interruptivo del beneficio de litigar sin gastos.

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