SAVINI, MARCOS SEBASTIAN c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 de Santa Fe rechazó el recurso interpuesto por el actor, al considerar que no existió relación de empleo público con carácter formal y que el nombramiento no debe tener efecto retroactivo al egreso del Instituto, en atención a la normativa y jurisprudencia aplicable.
- Quién demanda: Marcos Sebastián Savini
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnar el decreto 2677/09 que lo designa como Oficial Sub Inspector con efectos desde esa fecha, solicitando que se reconozca la antigüedad retroactiva al egreso de la Escuela de Cadetes y la liquidación de diferencias salariales, además de una Junta de Calificaciones ad hoc.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso, confirmando que no existió relación de empleo público antes del acto de designación y que la retroactividad solicitada no procedía, por no cumplir los requisitos jurídicos y normativos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El acto de nombramiento constituye un requisito básico para entender constituida una relación de empleo público (…) La relación de empleo público es 'esencialmente formal' y 'documentada' (…) La efectiva designación, una vez egresado, depende de la existencia del cargo vacante, del crédito presupuestario y de otras valoraciones discrecionales. El acto impugnado no debe tener carácter retroactivo, pues no se acreditó que las funciones ejercidas desde el egreso correspondan a las propias del cargo de Oficial Sub Inspector, ni que exista un derecho adquirido a esa retroactividad." "Además, la jurisprudencia ha establecido que no basta con haber prestado servicios sin nombramiento para justificar efectos retroactivos, sino que estos deben ser específicamente propios del cargo en que posteriormente se es formalmente designado." "Por lo tanto, el recurso resulta improcedente, y corresponde confirmar la resolución de primera instancia." (Asimismo, los votos del resto de los jueces concordaron en la improcedencia del recurso).
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