BARRIOS, ALEJANDRO PAULO Y ARMELINO, LEANDRO NICOLAS -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL 1- BARRIOS, ALEJANDRO PAULO, 2- ARMELINO, LEANDRO NICOLÁS; 3- CASTAÑEDA, GERMAN ALEJANDRO s/ HOMICIDIO DOLOSO CALIFICADO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Provincial denegó la concesión del recurso extraordinario contra la sentencia que confirmó la responsabilidad penal de los imputados, argumentando que el recurso no cumplía con los requisitos formales y que las cuestiones planteadas eran cuestiones de valoración probatoria propias de la instancia de grado.
- Quién demanda: Alejandro Paulo Barrios y Leandro Nicolás Armelino (defensa).
¿A quién se demanda?
Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario federal contra la sentencia de segunda instancia que confirmó la condena por homicidio calificado.
¿Qué se resolvió?
La Corte Provincial denegó la concesión del recurso, señalando que la presentación no cumplió con los requisitos del artículo 3 de la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y que las cuestiones planteadas eran reiteraciones de argumentos ya analizados en instancia anterior, sin demostrar arbitrariedad ni vulneración de garantías constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso extraordinario federal deducido contra el fallo de este Cuerpo registrado en A. y S. T. 305, págs. 484/488 (fs. 196/200v.), no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3, incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En efecto, la presentante no realiza una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando todas y cada una de las motivaciones que le dieron sustento en relación con las cuestiones federales planteadas. Tampoco demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas aludidas y lo debatido y resuelto en el caso, ni que la decisión impugnada sea contraria al derecho invocado." Además, se destacó que las críticas en la queja eran reiteraciones de argumentos ya abordados en la instancia de apelación ordinaria, sin esbozar fundamentos que permitan descalificar la decisión del tribunal de grado. También se remarcó que la valoración probatoria realizada por la Cámara en la causa no fue demostrada como arbitraria ni violatoria de garantías constitucionales, y que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación y motivación necesarios para su concesión.
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