DE BAETS, JORGE DANIEL c/ PROSEGUR S.A. -DEMANDA LABORAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad presentado por la parte actora en un proceso laboral. La decisión se fundamentó en la falta de autosuficiencia del escrito recursivo y en la ausencia de relato fáctico y antecedentes relevantes, impidiendo la valoración adecuada de los agravios constitucionales.
¿Quién es el actor?
Jorge Daniel de Baets
¿A quién se demanda?
Prosegur S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Diferencias salariales por rubro "presentismo" y cuestionamiento de la legalidad del rechazo de su reclamo en la instancia de grado, incluyendo una supuesta arbitrariedad en la valoración probatoria y en la interpretación del artículo 109 del Código Procesal Laboral.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema rechazó la queja por incumplimiento del autoabasto y por deficiencias en la fundamentación del recurso, que carecía de relato fáctico, antecedentes y agravios suficientes, imposibilitando su análisis. Además, consideró que los argumentos del recurrente no demostraban la vulneración constitucional alegada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La falta de autosuficiencia del escrito recursivo se desprende prístina de la ausencia absoluta tanto del relato de los hechos que motivaron la litis, como de lo acontecido durante la tramitación de la presente causa en primera instancia, del contenido de la sentencia de grado, y de los agravios sobre ella vertidos, extremos que impiden a esta Corte acceder a un cabal entendimiento del alcance de los cuestionamientos constitucionales esgrimidos." "Las alegaciones del recurrente no logran desvirtuar la fundamentación del tribunal inferior, que consideró que la valoración probatoria y la interpretación del artículo 50 del Código Procesal Laboral no resultaban arbitrarias ni violatorias de derechos constitucionales." "La crítica de la recurrente remite a una cuestión de valoración probatoria, ámbito propio de los jueces de la causa, y sin que los fundamentos expuestos por el Tribunal A quo resulten desvirtuados desde el punto de vista constitucional." "La completa omisión del interesado de relatar el marco fáctico y normativo del caso impide la cabal comprensión del vicio endilgado, y por ende, la evaluación de la supuesta vulneración constitucional."
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