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BERLARI, OSCAR ORLANDO Y LOPEZ, DAMIAN RAUL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BERLARI, OSCAR ORLANDO Y LOPEZ, DAMIAN RAUL s/ ASOCIACION ILICITA, ROBO CALIFICADO POR USO DE ARMA DE FUEGO AGRAVADO POR SER COMETIDO EN POBLADO Y EN BANDA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario presentado por la defensa de Oscar Orlando Berlari y Damián Raúl López contra una resolución del Colegio de Cámara Penal, por consideraciones formales y la falta de fundamentación adecuada en el escrito recursivo.

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- Quién demanda: La defensa de Oscar Orlando Berlari y Damián Raúl López

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso extraordinario federal contra una resolución del Colegio de Cámara Penal que confirmó condenas y fijó penas de 17 y 13 años de prisión, respectivamente, por delitos de asociación ilícita y robos calificados en concurso real.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema denegó el recurso, confirmando la decisión del Tribunal inferior, por considerar que la presentación no cumplía con los requisitos formales y carecía de fundamentación suficiente para admitir el recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostuvo que la queja presentada por los recurrentes no cumplía con el requisito de relato claro y preciso de las circunstancias relevantes del caso, limitándose a transcribir la parte dispositiva de la sentencia y mencionar algunos cuestionamientos sin un desarrollo adecuado (fs. 608/618). Además, el escrito recursivo no cumplía con los requisitos de crítica prolija y razonada, ni demostraba una relación directa e inmediata con las normas federales invocadas, incumpliendo así el art. 15 de la ley 48. La Corte también indicó que, pese a que los agravios fueron tratados con motivación suficiente en la sentencia atacada, la recurrente no fundamentó concretamente su queja respecto de las decisiones del Tribunal superior, ni aportó elementos que demostraran una afectación constitucional configurada en su caso. En consecuencia, consideró que la presentación no era idónea para habilitar la vía del art. 14 de la ley 48 y, por ende, denegó la concesión del recurso.

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