GONZALEZ, JOSE MARIA c/ ARCOLEN ARGENTINA S.A. Y OTROS -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja contra la resolución que denegó el recurso de inconstitucionalidad presentado por la parte demandada en un proceso laboral, confirmando la validez de la notificación y la validez de la inhibición de bienes.
- Quién demanda: La demandada (ARCOLEN ARGENTINA SA y otros)
¿A quién se demanda?
La Sala II de la Cámara de Apelación Laboral de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la resolución del 29 de abril de 2021 que rechazó su recurso de inconstitucionalidad, alegando arbitrariedad por fallas en la notificación y en la disposición de inhibición de bienes.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja, confirmando que la parte recurrente no logró demostrar que la resolución impugnada incurriera en vicio constitucional ni que la notificación o la medida cautelar hayan producido un perjuicio irreparable. La decisión del tribunal inferior se ajusta a la normativa y la jurisprudencia aplicables.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la recurrente en su presentación directa incumple la carga estipulada en el artículo 8 de la ley 7055 de rebatir cada uno de los motivos expuestos por la Cámara para apoyar su decisión de denegar la concesión del remedio extraordinario. Pues con los cuestionamientos que plantea, no alcanza a neutralizar la referida fundamentación en orden a que la postulación recursiva sólo dejaba traslucir su mero disenso -sin entidad constitucional
- con lo resuelto."
"la lectura de los argumentos traídos a consideración de este Cuerpo en confrontación con la sentencia atacada, no logra entreverse más que una mera manifestación de disconformidad del impugnante -sin entidad constitucional
- con el criterio expuesto por el A quo en la valoración e interpretación de las cuestiones fácticas y jurídicas del caso."
Asimismo, se indicó que no se acreditó que la notificación defectuosa o el error del correo hayan producido un perjuicio irreparable, por lo que la instancia extraordinaria no se justifica. La decisión se basa en que los agravios presentados no cumplen con los requisitos constitucionales para su admisión y que, además, la resolución cuestionada fue ajustada a derecho y jurisprudencia.
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