DONNET, SERGIO RICARDO c/ SPINARDI, DIOSNELA ROCIO Y OTROS -DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ COMPETENCIA
La Corte Suprema de Santa Fe confirma que el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 1 debe seguir con la competencia en un caso de indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito, por superarse el monto de la demanda los límites de competencia del fuero de Circuito.
- Quién demanda: Sergio Ricardo Donnet
¿A quién se demanda?
Diosnela Rocío Spinardi y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización de daños y perjuicios, por una suma inicial de $566.000, posteriormente rectificada a montos superiores a $900.000 por error involuntario en la cuantificación.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 1 debe mantener la competencia, ya que el monto de la demanda, incluyendo la ampliación, supera las 60 unidades jus, límites de competencia del Juzgado de Circuito. La Corte confirma la decisión de mantener la causa en dicho tribunal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El "quantum" de la pretensión inicial con su posterior modificación... supera el importe de $900.000, equivalente a sesenta unidades jus... De manera que, por razón del monto del asunto, la presente causa corresponde a la competencia cuantitativa de los Tribunales Colegiados de Responsabilidad Extracontractual." "En el presente caso, la estimación se concreta en términos claros y precisos, y no requiere fórmulas sacramentales, pues la valuación del daño dependerá de circunstancias de hecho susceptibles de ser esclarecidas con la prueba." "Se advierte que en autos no podrían dejar de computarse tales cifras en orden a la eventual reposición de sellados, honorarios o costas del juicio." La Corte reafirma que la oportunidad para analizar la competencia es en el momento de la promoción de la demanda y que la declaración de incompetencia en esa oportunidad impide reconsiderarla por ampliaciones posteriores.
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