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V., V. F. c/ C., L. M. -NULIDAD DE RECONOCIMIENTO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad y anuló una resolución judicial que rechazaba una demanda de nulidad de reconocimiento de paternidad, argumentando que la valoración de la prueba y los fundamentos jurídicos fueron irrazonables y vulneraron derechos constitucionales.


- Quién demanda: V. V. F.

¿A quién se demanda?

C., L. M. (por nulidad de reconocimiento de paternidad)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad del acto de reconocimiento fundado en error esencial sobre la realidad del vínculo biológico, alegando que el reconocimiento fue realizado sin la debida diligencia y en condiciones de error excusable.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Santa Fe declaró la inadmisibilidad de la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad, y posteriormente, ante un recurso directo, concluyó que la valoración de la prueba fue irrazonable, vulnerando derechos constitucionales del recurrente, y ordenó la nulidad de la resolución que rechazó la demanda para que se dicte una nueva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El decisorio impugnado para rechazar la excusabilidad del error se centró en reprochar la conducta del reconociente, quien ante la existencia de duda sobre su paternidad, debió haber disipado las mismas mediante la realización de las pruebas genéticas, dada la trascendencia que el acto de reconocimiento revestía no sólo para él sino también para la niña reconocida. Asimismo, restó trascendencia a las conductas posteriores de los sujetos intervinientes limitando su análisis a lo que entendió vinculado con el acto jurídico de reconocimiento y un pretendido error excusable de hecho." "Se advierte que la Alzada omitió considerar las afirmaciones realizadas en la contestación de la demanda, donde se insistió en la paternidad del reconociente, determinando con detalles la época de concepción. De igual manera, no se ponderó la conducta de la progenitora —quien en todo momento sostuvo que el accionante era el padre de T.— y las circunstancias en las que se inició la demanda y las presiones familiares, que hacen que la valoración probatoria sea irrazonable y vulneratoria de derechos constitucionales." "Esta Corte ha señalado que los vicios impugnados, consistentes en sustentar el fallo en afirmaciones dogmáticas o de aparentes fundamento, incurrir en autocontradicción; prescindir de pruebas decisivas; invocar prueba inexistente; dar por cierto y admitidos hechos no probados; contradecir otras constancias de autos, significan lisa y llanamente imputación de arbitrariedad que implica nulidad del pronunciamiento." "Por ello, se concluye que la valoración de las constancias fue sesgada, formalista y descontextualizada, vulnerando derechos constitucionales del recurrente, por lo que corresponde anular la resolución que rechazó la demanda y ordenar una nueva." 6. PALAB

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