DAMELLI, FERNANDO c/ MELICA HNOS. S.C. s/ ORDINARIO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe rechazó los recursos de apelación y nulidad interpuestos contra una resolución que hizo lugar parcialmente a una impugnación de liquidación, considerando que no se configuraron los supuestos para su admisibilidad y que la resolución no causa un gravamen irreparable.
Quién demanda: La parte actora (demandante, representada por apoderado).
¿A quién se demanda?
La parte demandada (Melica Hnos. S. C. S.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de una liquidación practicada en un proceso judicial.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró mal concedidos los recursos de apelación y nulidad, confirmando la validez del pronunciamiento de primera instancia.
Fundamentos principales de la decisión:
- La resolución en crisis resuelve una impugnación formulada contra una planilla de liquidación, no una sentencia definitiva ni que cause un gravamen irreparable (fs. 1113).
- La ley establece que lo relativo al trámite del proceso que no ocasione un gravamen irreparable solo es impugnable por vía de reposición o incidente de nulidad, no por apelación (considerando 3.1).
- La instancia de revisión puede declarar de oficio la improcedencia de la vía impugnativa, dado que la segunda instancia reviste carácter de orden público (considerando 3.1).
- Los argumentos sobre imposición de costas no prosperan, pues son cuestiones accesorias y la materia principal no admite recurso de apelación en estos casos (considerando 3.2).
- El recurso de nulidad sólo procede si también procede el de apelación, y en este caso no se configuraron los requisitos para ello (considerando 4).
- La resolución en crisis no se adecúa a los requisitos del art. 346 del CPC, por lo que los recursos presentados son mal concedidos (considerando 5).
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