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A., E. O. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL A., E. O. s/ DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que confirmó la condena de E. O. A. por abuso sexual con acceso carnal a una menor de 13 años, argumentando que los agravios defensivos no constituyen cuestiones constitucionales y no afectan la validez del fallo.

Prueba testimonial Valoracion de la prueba Derechos constitucionales Valoracion probatoria Decisiones judiciales Nulidades Recurso de inconstitucionalidad Irregularidades procesales Condena por abuso sexual Santa fe.

Quién demanda: Defensa de E. O. A.

¿A quién se demanda?

Tribunal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de la Quinta Circunscripción Judicial

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inconstitucionalidad de la resolución que confirmó la condena y rechazo de nulidades y agravios relacionados con la valoración probatoria, la omitida incorporación de prueba documental, la inadmisibilidad de declaraciones desistidas, y la valoración de la prueba en el tratamiento del caso.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema desestimó la queja y confirmó que los agravios no constituyen cuestiones constitucionales que habiliten la vía del recurso de inconstitucionalidad. La sentencia del tribunal de origen fue fundada y no se evidencian arbitrariedades ni vulneraciones constitucionales. Fundamentos principales de la decisión:
- La Corte analizó en detalle los agravios relativos a la valoración probatoria, la omisión de informes médicos y la valoración de la prueba, concluyendo que las decisiones del tribunal de grado estaban suficientemente fundamentadas y no evidencian arbitrariedad.
- Se destacó que los planteos sobre la omisión del informe del artículo 109 del Código Procesal, la valoración de la credibilidad de la víctima, y la decisión respecto a la prueba desistida, no configuran cuestiones constitucionales.
- La defensa no logró demostrar que las decisiones judiciales vulneraran derechos constitucionales o que las mismas fueran arbitrarias, limitándose a expresar disensos que corresponden a la valoración de la prueba.
- El disidente consideró que la queja tenía un sustento suficiente y correspondía admitirla, pero la mayoría decidió rechazarla.

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