ONEGLIA, GRACIELA CRISTINA Y OTROS c/ GUERCHETTI, RUBEN DARIO Y OTROS -DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo de la Cámara de Rosario en un caso de responsabilidad civil por accidente vial. La decisión se fundamentó en que no se acreditó arbitrariedad ni vulneración constitucional en la resolución apelada.
Actor: La actora en la causa "Oneglia, Graciela Cristina y otros contra Guerchetti, Rubén Darío y otros". Demandado: La Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 6 de la Ruta Provincial N° 14 (UECV N° 6). Objeto: La responsabilidad del consorcio por daños derivados de un accidente vial ocurrido en la estación de peaje, atribuyéndole la omisión de actuar frente a un camión en estado de deterioro y su posible nexo causal con el siniestro. Decisión: La Corte Suprema rechazó la queja por improcedente, confirmando que la resolución de la Cámara de Rosario no adolece de arbitrariedad ni vulneración constitucional, y que el recurso de inconstitucionalidad no es una tercera instancia para revisar cuestiones de hecho o valoración de la prueba.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso de inconstitucionalidad no constituye una tercera instancia en la que puedan revisarse todas las cuestiones que plantean las pretensiones de las partes, relacionadas con sus derechos, sino, y solamente, la oportunidad de lograr el respeto por la Constitución, en cuanto se invoca la lesión de alguno de los derechos que de ella emergen." "la doctrina de la arbitrariedad sólo encuadra en aquellos casos en que media absoluta carencia de fundamentación o un apartamiento inequívoco de la solución prevista para los mismos, ya que lo contrario importaría exceder la jurisdicción de esta Corte..." Además, la Corte concluyó que no se acreditó que la sentencia recurrida haya incurrido en arbitrariedad o haya vulnerado derechos constitucionales, por lo que el recurso de queja fue rechazado.
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