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NOSTI, ALFREDO c/ CAJA FORENSE DELEGACION RAFAELA -AMPAROS-HABEAS DATA- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)

La Corte Suprema de Santa Fe declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que excedió los límites de la jurisdicción en la materia civil, anula la resolución impugnada y remite la causa para un nuevo pronunciamiento. La decisión se fundamenta en que la Cámara de Rafaela modificó indebidamente la resolución de grado, vulnerando garantías constitucionales y principios procesales como la congruencia y la prohibición de reformatio in pejus. La Corte concluyó que la Cámara incurrió en un desborde de jurisdicción al decidir sobre la admisibilidad y el fondo en una misma resolución, afectando derechos constitucionales del recurrente. La sentencia fue parcialmente anulada y se ordenó remitir la causa para un nuevo fallo, con costas por su orden.

Actor: Alfredo Nosti Demandado: Caja Forense Delegación Rafaela Objeto: Continuidad en la internación, cobertura del 100% para tratamiento de adicción, y costas del proceso. Decisión: La Corte Suprema admitió y declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia de la Cámara y ordenó que la causa sea revisada por un tribunal de igual jerarquía. La fundamentación principal fue que la Cámara excedió sus competencias, modificando indebidamente la situación procesal y vulnerando derechos constitucionales, en especial la garantía de la doble instancia y la prohibición del reformatio in pejus. La Corte sostuvo que la Cámara introdujo en su fallo un análisis sobre la cuestión de fondo y las costas sin que ello fuera solicitado por las partes, en un contexto donde la actora había consentido la sentencia de grado y solo la demandada apeló. La modificación en las costas y la decisión sobre el fondo contravenían el principio de congruencia y la prohibición de empeorar la situación del recurrente. La Corte advirtió que la decisión de la Cámara implicó una extralimitación de sus funciones, afectando garantías constitucionales y, por ello, procedió a la anulación del fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte analizó que la Cámara, en su afán de resolver sobre la admisibilidad y el fondo en una misma resolución, violó el principio de congruencia y la prohibición de reformatio in pejus, ya que la parte que no había apelado la sentencia de grado no podía ser perjudicada por decisiones que excedieron los límites del recurso interpuesto. Además, la Cámara modificó las costas en perjuicio de la parte que solo había apelado en parte, sin que ello estuviera justificado ni solicitado, sin que la parte haya sido convocada a controvertir esa modificación, lo que constituye una arbitrariedad y una vulneración del debido proceso. La Corte también destacó que la decisión de la Cámara de abordar cuestiones no solicitadas, modificando aspectos que ya habían sido consentidos, configura

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