PARERA, SARA MERCEDES ANTIGONA c/ BOTTAI INMOBILIARIA s/ ORDINARIO - DAÑOS
La Cámara de Apelación de Circuito confirmó la sentencia que rechazó la demanda por falta de legitimación activa y pasiva, y desestimó la apelación del actor, sosteniendo que la actora carecía de la legitimación para reclamar daños y perjuicios, por no acreditar su calidad de contratante.
- Quién demanda: Sara Mercedes Antígona Parera, en representación de su interés propietario del inmueble.
¿A quién se demanda?
Bottai Inmobiliaria S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por supuestas irregularidades en la administración y locación del inmueble.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, afirmando que la actora no tenía legitimación activa para demandar, dado que la administración y locación del inmueble estaban en manos de su madre, Sarah Picazo, en carácter de usufructuaria, y no del propietario en forma directa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se ha probado en el expediente que la actora no ostentaba la condición de locadora, sino que la gestión del inmueble la realizaba su madre, en carácter de usufructuaria, quien en varias constancias y en la audiencia confesó que cobraba los alquileres y recibía el inmueble en conformidad. La relación contractual de locación fue efectuada con la madre, quien actuaba en carácter de usufructuaria, por lo que la actora carecía de la legitimación activa para promover la demanda. La jurisprudencia admite la locación de cosas ajenas por quien tenga un derecho real o personal, y en este caso, la autorización y gestión se hallaban en manos de la usufructuaria, no del propietario. Además, la actora no acreditó que la demandada haya actuado en su nombre ni que la representación contractual fuera otorgada por ella." "Por otra parte, la prueba documental y testimonios muestran que la actora conocía la gestión en curso, que la recepción del inmueble fue efectuada por la usufructuaria y que la relación jurídica de locación no fue probada en favor de la actora." "En suma, la actora no ostentaba legitimación para reclamar por daños en el inmueble, pues la relación contractual y de administración estaban en cabeza de su madre en carácter de usufructuaria, y no en ella en forma directa."
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