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DIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO c/ COMPAÑIA SANTAFESINA DE TIERRAS S.A. Y/O EL O LOS QUE ACTUALMENTE DETENTARAN EL DOMINIO s/ EXPROPIACION

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia aprueba la liquidación de intereses y la suma total de $8.171.524,35 en favor de la expropiada, tras corregir el cálculo de intereses según la fórmula del Comunicado 14.290 del Banco Central, fundamentando la decisión en errores en el método utilizado inicialmente.

Intereses Recurso de apelacion Expropiacion Liquid


¿Quién es el actor?

La expropiada, Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.

¿A quién se demanda?

La demandada, Compañía Santafesina de Tierras S.A. y/o quienes detentan el dominio sobre el bien expropiado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La liquidación de capital e intereses adeudados por expropiación, en particular la corrección del cálculo de intereses, resultando en un monto total de $8.171.524,35.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia hizo lugar a la impugnación formulada y aprobó la liquidación en el monto de $8.171.524,35, ajustando el cálculo de intereses conforme a la fórmula del Comunicado 14.290 del Banco Central, y rechazando el método empleado inicialmente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, se observa que la expropiada emplea incorrectamente la fórmula de cálculo de interés de la tasa pasiva promedio mencionada en el decreto 941/91 que este cuerpo ordenó aplicar. Para dilucidar correctamente el monto de intereses devengados, corresponde ceñirse a la fórmula de aplicación práctica contenida en el Comunicado 14.290 del Banco Central de la República Argentina, cuya expresión es: i = [(100+tm)/(100+to)-1]×100; de donde "i" es la tasa de interés expresada en tanto por ciento; "tm" es el coeficiente correspondiente al día hasta el cual se devengan los intereses y "to" es el coeficiente correspondiente al día anterior a aquel a partir del cual se devengan los intereses." Asimismo, se calculó el interés desde el 19.12.2017 hasta el 17.9.2021, resultando en una tasa del 167,5519%, aplicándola al capital de $3.054.182,89, y sumando ambos montos, se aprobó la liquidación total. La resolución señala que: "por ello, corresponde computar los intereses devengados desde el día anterior al de la fecha consignada en la sentencia de esta Corte (f. 436), es decir, desde el 19.12.2017, hasta la fecha consignada en la liquidación, 17.9.2021, de manera que la tasa aplicable al caso surgirá de la siguiente ecuación..." y continúa con el cálculo detallado. La decisión se fundamenta en la correcta aplicación de la fórmula del Comunicado del Banco Central para evitar errores en el cálculo de intereses, garantizando así la precisión en la liquidación.

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