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MEZA, BRIAN; PAUTASSO, CARLA; BORZONE, MARIO GUILLERMO Y LABEDZKI, GEORGINA SOLEDAD -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL MEZA, BRIAN; PAUTASSO, CARLA; BORZONE, MARIO GUILLERMO Y LABEDZKI, GEORGINA SOLEDAD s/HOMICIDIO CULPOSO -RECHAZO SOLICITUD DE SUSPENSION DE JUICIO A PRUEBA- s/ QUEJA POR DENEGACION DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe deniega el recurso extraordinario interpuesto contra la decisión que rechazó la suspensión del juicio a prueba en un caso de homicidio culposo. La fundamentación se basa en la insuficiencia de los agravios y en la legalidad de la resolución impugnada, que no presenta arbitrariedad ni violación de derechos constitucionales.

Recurso extraordinario Arbitrariedad Interpretacion normativa Inadmisibilidad Derechos constitucionales Resolucion judicial Homicidio culposo Suspension del juicio a prueba Denegacion Corte santa fe

Quién demanda: La defensa de los imputados (Brian Meza, Carla Pautasso, Mario Borzone y Georgina Labedzki).

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso extraordinario para cuestionar la resolución que rechazó la suspensión del juicio a prueba, alegando violaciones constitucionales y arbitrariedad en la decisión.

¿Qué se resolvió?

La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando que la impugnación no cumple con los requisitos del artículo 3 del reglamento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y que los agravios no son suficientes para operar la vía federal. Fundamentos principales de la decisión:
- La presentación no efectúa una crítica razonada ni refuta todas las motivaciones de la sentencia atacada. La recurrente solo manifiesta disconformidad con la interpretación del tribunal, sin demostrar que la resolución sea contraria al derecho federal o que exista arbitrariedad.
- La resolución de la instancia de grado consideró que la negativa a la suspensión del juicio a prueba estuvo fundada en la fundamentación razonable de la Fiscalía y la querella, en relación con la gravedad de los hechos, la pena solicitada y la falta de un ofrecimiento reparatorio.
- La Corte sostuvo que la disconformidad del recurrente no demuestra que la decisión sea ilegal, absurda o irrazonable, sino solo un desacuerdo interpretativo que no habilita la vía extraordinaria.
- La recurrente repite agravios ya analizados en el recurso de inconstitucionalidad sin aportar nuevos fundamentos que justifiquen la apertura del recurso federal.
- La Corte concluye que la cuestión no resulta idónea para la vía del artículo 14 de la ley 48 y que no existe motivo para excepcionar la aplicación de esa norma.

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