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RICHARDONE, SABRINA SOLEDAD c/ TELECOM PERSONAL S.A. Y OTROS -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe denegó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una resolución que confirmó una condena por enfermedad no listada (estrés) en un contexto laboral. La Cámara consideró que la impugnación no cumplía con los requisitos formales y que no existía arbitrariedad en la decisión de grado.

Nexo causal Recurso de queja Prueba pericial Inconstitucionalidad Riesgos del trabajo Enfermedad no listada Fallo judicial Inadecuada fundamentacion Derechos constitucionales. Camara de apelacion

Actor: La demandada Experta ART S.A. Demandado: La Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario y la parte actora en el expediente "Richardone, Sabrina Soledad contra Telecom Personal S.A. y otros". Objeto: La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que confirmó la condena a pagar una indemnización por una enfermedad no listada (estrés), alegando la inexistencia de nexo causal laboral y la vulneración de derechos constitucionales. Decisión: La Corte denegó la queja, confirmando el rechazo del recurso de inconstitucionalidad por inadmisibilidad, por considerarse que la parte recurrente no controvirtió de manera suficiente los fundamentos del auto denegatorio de la Cámara, y que la impugnación no cumplía con los requisitos formales y sustanciales necesarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las alegaciones de la recurrente se dirigen centralmente a cuestionar de arbitrariedad al pronunciamiento impugnado, en violación a sus derechos constitucionales de defensa en juicio y de propiedad, en tanto la Alzada confirmó su condena a la reparación sistémica por una enfermedad (estrés) no listada padecida por la actora, al mismo tiempo que rechazó la indemnización pretendida por vías del derecho común por considerar no acreditados los presupuestos que originan dicha responsabilidad; haciendo hincapié para así decidir en la carencia probatoria del nexo de causalidad entre las tareas realizadas y la patología diagnosticada, y en que se transparenta en autos una posible patología de base estructural de personalidad débil. La Cámara, para confirmar el decisorio, remarcó la 'claridad y precisión del informe pericial' y que 'se encontraba fundado en su respectiva ciencia'. La recurrente no logró controvertir de manera suficiente los fundamentos del auto denegatorio, ni demostrar un supuesto de arbitrariedad o vulneración de derechos constitucionales, por lo que la queja fue rechazada."

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