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VALENZUELA, CARLOS LUIS c/ ASOCIART ART S.A. -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó el recurso extraordinario por incumplimiento de requisitos formales y sustantivos en la impugnación contra una sentencia de la Cámara de Apelación Laboral de Rosario, confirmando la validez de la decisión de denegar el recurso de inconstitucionalidad.

Recurso extraordinario Recurso de queja Inconstitucionalidad Denegacion Santa fe Apelacion laboral Ley 7055 Arbitrariedad constitucional Cumplimiento requisitos


- Quién demanda: Carlos Luis Valenzuela (denunciante en el recurso)

¿A quién se demanda?

Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (como órgano que resuelve la queja)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se admita el recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Cámara de Apelación Laboral de Rosario.

¿Qué se resolvió?

La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario, por considerar que la impugnación no cumplía con los requisitos previstos en el reglamento y en los artículos de ley 7055, ya que los planteos del recurrente reiteraban argumentos ya sostenidos en instancias anteriores y no controvertían en forma suficiente los fundamentos de la decisión apelada. La sentencia señala: "en su recurso de queja la recurrente no había controvertido en modo suficiente los argumentos desarrollados por la Alzada al denegar el remedio de inconstitucionalidad local". Además, se destaca que el recurso no demostró que la resolución implicara un supuesto de arbitrariedad constitucional o una omisión de valoración de cuestiones oportunamente propuestas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte explicó que los planteos del recurrente eran meras reiteraciones de recursos anteriores, sin ofrecer alegaciones sustanciales que demostraran la existencia de una vulneración constitucional o la arbitrariedad alegada. Además, se resaltó que la impugnación no cumplía con los requisitos de la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, específicamente en relación con la suficiencia del relato de las circunstancias del caso y la fundamentación del recurso. La sentencia concluye que "no se alcanza a acreditar, en consecuencia, que la decisión impugnada sea contraria al derecho federal invocado". Por último, se indica que la cuestión no resulta idónea para la apertura de la vía del artículo 14 de la ley 48, justificando la denegación del recurso.

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