CICHERO, WALTER FABIAN -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL CICHERO, WALTER FABIAN s/ HOMICIDIO EN OCASION DE ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, EN CONCURSO REAL CON EL DELITO DE HURTO EN GRADO DE TENTATIVA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Walter Fabián Cichero contra la sentencia del Tribunal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Rosario. La decisión se fundamenta en que el recurso no cumplió los requisitos formales y sustanciales previstos en la normativa aplicable, ya que no se realizó una crítica razonada y fundamentada de la sentencia atacada ni se demostró la existencia de arbitrariedad o lesión de derechos constitucionales. La Corte concluyó que los agravios invocados por la defensa se limitaron a una disconformidad con la valoración de las pruebas y las motivaciones del tribunal de instancia, sin aportar argumentos que evidencien la existencia de vicios o irregularidades constitucionales. Además, se resaltó que la presentación no logró demostrar la existencia de una afectación concreta y directa al derecho constitucional invocado, ni que la decisión judicial fuera contraria a la normativa constitucional o legal aplicable. En consecuencia, se denegó la concesión del recurso y se confirmó el fallo de la instancia anterior.
Quién demanda: La defensa de Walter Fabián Cichero.
¿A quién se demanda?
La sentencia del Tribunal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Rosario.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión del rechazo del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia penal dictada en su contra.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe negó la concesión del recurso extraordinario, confirmando la resolución de la instancia anterior. Fundamentos principales de la decisión: La Corte afirmó que el recurso fue presentado sin cumplir con los requisitos del artículo 3, incisos "d" y "e" del reglamento acordado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ya que no se realizó una crítica fundamentada ni se mostró la existencia de arbitrariedad o lesión constitucional. Se sostuvo que la recurrente no demostró que la decisión judicial fuera contraria a la Constitución ni que existieran vicios que justificaran la apertura de la vía federal. Además, se explicó que la presentación se basó en una mera disconformidad con la valoración probatoria y que no se aportaron argumentos efectivos para revertir la decisión de la Corte Provincial. La Corte también destacó que, al tratarse de un recurso de inconstitucionalidad, no solo debe analizar la viabilidad del mismo, sino también la existencia de motivos fundados que justifiquen su admisibilidad, lo cual en este caso no ocurrió.
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