ZILLI, GERARDO ARIEL c/ DIAZ, MARIA FLORENCIA Y OTROS s/ JUICIO COBRO DE PESOS (REGULACION DE HONORARIOS POR TRABAJOS EXTRAJUDICIALES)
La Cámara de Apelación de Circuito de Santa Fe revisó la regulación de honorarios profesionales y las costas en un proceso de cobro extrajudicial, ajustando los montos y estableciendo las costas en un porcentaje diferente, basándose en la normativa aplicable y en la correcta interpretación de las normas de aranceles.
- Quién demanda: Gerardo Ariel Zilli (actor).
¿A quién se demanda?
María Florencia Díaz y otras codemandadas.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios por gestión extrajudicial y costas del proceso.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente las resoluciones de primera instancia, regulando los honorarios del actor en 3,5 unidades JUS (equivalente a $20.190,17) y distribuyendo las costas en un 70% a cargo del actor y un 30% a cargo de la parte demandada, además de rechazar el recurso de nulidad y confirmar la validez de los demás aspectos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la base regulatoria de los honorarios, concluyendo que no correspondía tomar como referencia el monto del convenio extrajudicial, ya que la gestión fue extrajudicial y no judicial, por lo que se debía aplicar el artículo 1021 del Código Civil y Comercial, y no el inciso k) del artículo 22 de la Ley de Aranceles, sino el inciso f). La regulación inicial, que estableció honorarios en 7 unidades JUS, fue corregida a 3,5 unidades JUS, dado que el 50% del monto regulatorio aplicable en gestión extrajudicial corresponde a la escala del 20% al 26%. Las costas, en tanto, se distribuyeron en función de la naturaleza del proceso, en un 70% para el actor y un 30% para la parte demandada, en línea con la normativa del artículo 28, inciso e) de la Ley de Aranceles. La Cámara también aclaró que el recurso de nulidad debía declararse desierto por no haber sido sostenido en esta instancia.
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