Logo

BAUZA, HECTOR ALBERTO c/ LASTRA, MARIELA ALEJANDRA Y OTROS s/ JUICIO EJECUTIVO (COMPETENCIA)

La Cámara de Apelación de Circuito confirmó la incompetencia del Juzgado de Primera Instancia y rechazó el recurso de apelación del actor en un proceso por ejecución de cheques de pago diferido. La decisión se fundamentó en la diferencia entre registración y cobro, y en la normativa del BCRA.

Recurso de apelacion Competencia judicial Cheques de pago diferido Normativa del bcra Ejecucion de titulos valores Incompetencia judicial Ley 24.452 Jurisdiccion bancaria Registro de cheques Confusion entre registracion y cobro


- Quién demanda: Héctor Alberto Bauza (actor)

¿A quién se demanda?

Mariela Alejandra Lastra y otros (demandados)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de cheques de pago diferido y cuestionamiento de la competencia del tribunal por registro de los cheques

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la incompetencia del Juzgado de Primera Instancia y rechazó la apelación

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El quejoso en ningún momento se hizo cargo de expresar cuales son sus agravios contra la resolución que no hizo lugar al recurso de reposición interpuesto y ya en esta sede, repitió los argumentos volcados en su escrito recursivo presentado en la primera instancia (fs. 6/vto), no destruyendo en absoluto los sólidos argumentos de juicio volcados por el A quo, el análisis que hizo éste del juego de los artículos 55, 57, 58 y 60 de la ley 24452 y la normativa del B.C.R.A dictada al respecto y que explican el proceso de registración y cual es su objeto." "Más allá que, como bien señaló el A quo con cita de nuestro más alto tribunal, éste último ha hecho, en la causa 'Alvarez', docencia y explicado cuál es el quid de la registración de este título valor." "La registración del cheque de pago diferido tiene carácter de auditoría legal. Es realizada por el banco girado, a los fines de determinar preventivamente que el cheque ha sido emitido en forma legal, en fórmula válida, cumpliendo con todos los requisitos, y suscripto por quien podía legitimar pasivamente al cuentacorrentista." "Se puede registrar y al momento de presentar a su cobro el mismo ser rechazado por alguna de las causales que impiden su pago, sin perjuicio de estar registrado. Son dos cosas distintas." "En virtud de lo expuesto, el Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial número 28 es incompetente para entender el presente proceso (art. 3
- Ley 24.452)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar