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SANCHEZ, MAXIMILIANO GASTON c/ LA SEGUNDA ART S.A. -COBRO DE PESOS- RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe admitió la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo que aplicó el artículo 730 del Código Civil y Comercial en un proceso laboral. La decisión se fundamenta en que las alegaciones del recurrente mostraron suficiente conexión constitucional y la posibilidad de vulneración de derechos fundamentales, ordenando la elevación de los autos principales.

Recurso de queja Inconstitucionalidad Derecho de propiedad Control de constitucionalidad Igualdad ante la ley Derecho a la defensa Responsabilidad en costas Procesos laborales Acciones constitucionales Norma 730 codigo civil y comercial

Actor: Maximiliano Gastón Sanchez, en calidad de parte en un proceso laboral.

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario y sus jueces.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revisión de la decisión de la Cámara que revocó un auto y aplicó el artículo 730 del Código Civil y Comercial, considerando que la norma violaba derechos constitucionales del actor.

¿Qué se resolvió?

La Corte admitió la queja, ordenando la elevación de los autos y la tramitación correspondiente, fundamentando que las alegaciones mostraron suficiente conexión constitucional y que había una posible vulneración de derechos fundamentales del actor, en especial respecto a la responsabilidad en costas y el derecho a la defensa. La disidencia consideró que no se acreditó una vulneración constitucional concreta y que la norma solo limita la responsabilidad en costas, sin vulnerar derechos constitucionales del actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte valoró que las alegaciones del recurrente invocaron principios constitucionales como igualdad, propiedad y defensa en juicio, y que la aplicación del artículo 730 del Código Civil y Comercial en el contexto del proceso laboral podría afectar sus derechos. Se destacó que la norma limita la responsabilidad en costas, pero no afecta el derecho de propiedad ni la remuneración de los profesionales, y que no se evidenció un perjuicio concreto. La mayoría consideró que la impugnación tiene suficiente idoneidad y conexión constitucional para ser admitida, mientras que la disidencia sostuvo que los agravios no alcanzaron a demostrar una vulneración constitucional concreta.

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