BARCOS, CLAUDIO DANIEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BARCOS, CLAUDIO DANIEL s/ HOMICIDIO DOLOSO CALIFICADO s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que confirmó la condena por homicidio doloso calificado. Consideró que los agravios de la defensa eran mera discrepancia con los fundamentos y no evidenciaban arbitrariedad o afectación de derechos constitucionales.
Actor: La defensa del imputado Claudio Daniel Barcos. Demandado: La decisión del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe. Objeto: La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que confirmó la condena, por alegados vicios sustantivos y procesales, incluyendo supuestos errores en la valoración probatoria, uso abusivo de prueba anticipada, nulidades procesales y contradicciones en la sentencia. Decisión: La Corte provincial rechazó la queja, señalando que los argumentos no constituían una arbitrariedad o vulneración constitucional, y que las cuestiones planteadas constituyen mera disconformidad con la valoración de la prueba y los fundamentos del fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte indicó que la impugnación presentada por la defensa no cumplía con el requisito de autosuficiencia, pues no ofrecía un relato completo y objetivo de los hechos ni de las pruebas producidas, limitándose a reiterar agravios ya abordados en la apelación horizontal. Se resaltó que los argumentos de la quejosa eran una mera reiteración de los ya rechazados por el tribunal de alzada, sin que se detectara arbitrariedad o violación de derechos constitucionales, especialmente porque la sentencia analizaba detalladamente cada uno de los agravios y los fundamentos de la fallo. La Corte enfatizó que no se vislumbra en la resolución impugnada ninguna irregularidad que configure un vicio constitucional, y que la valoración de la prueba y la fundamentación del tribunal de alzada fueron razonables y suficientes. Se señaló que la defensa no logró desvirtuar la fundamentación del fallo ni demostrar que la decisión esté dispuesta de forma arbitraria o que haya vulnerado derechos constitucionales.
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