ROCCHIA, MARIA LUISA c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe rechazó la impugnación de la actora contra el decreto provincial que declaró la prescripción de sus diferencias previsionales, confirmando la validez del acto en la parte que declaró la prescripción y diferiendo análisis sobre la movilidad futura del haber.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, María Luisa Rocchia, demanda contra la Provincia de Santa Fe la anulación del decreto 1469/13 y sus antecedentes, solicitando el reajuste de su haber jubilatorio conforme a las remuneraciones de activo, además de la declaración de nulidad del acto por considerar que la declaración de prescripción es ilegítima.
- La Provincia argumenta que la acción está prescrita, alegando que las actuaciones estuvieron paralizadas entre 2010 y 2012, y que la normativa vigente regula la movilidad en función de variaciones en las remuneraciones del activo, con controles de proporcionalidad y constitucionalidad.
- La Cámara analiza la improcedencia de la revisión de la prescripción, considerando que las actuaciones administrativas estuvieron paralizadas por más de dos años, lo que impide atribuir efectos interruptivos a las acciones de la actora, y ratifica que la declaración de prescripción es válida.
- En cuanto al reclamo de movilidad del haber, la Cámara difiere su análisis para una instancia futura, señalando que, si bien no se constatan reducciones ilegítimas en los haberes, el análisis completo requiere la ejecución de la sentencia y la evaluación de datos posteriores a 2014.
- Finalmente, la Cámara declara improcedente el recurso en relación a la declaración de prescripción previa al 18.5.2010 y difiere el análisis sobre la movilidad del haber, con costas en el orden causado.
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