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D., L. S. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL

La Cámara de Rosario confirmó la condena por abuso sexual infantil, rebajando la calificación a abuso simple y reduciendo la pena a cuatro años. La decisión se basó en la evaluación de las pruebas y en la falta de prueba concluyente de penetración anal.

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- Quién demanda: La Defensa de D. L. S.

¿A quién se demanda?

D. L. S., imputado por abuso sexual con acceso carnal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita la revocación de la condena y la absolución del imputado. Como subsidiario, se pide la reducción de la pena y la modificación de la calificación legal.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando la calificación del hecho a abuso sexual simple y reduciendo la pena a cuatro años de prisión. Se mantiene la advertencia al MPA para esclarecer otros posibles abusos con acceso carnal reiterados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La valoración de las pruebas, especialmente los testimonios del menor y las pericias médicas, revela que si bien existen indicios de abusos, no resulta suficientemente probado que hayan consistido en penetración anal o intento de ello en el hecho juzgado. La declaración del menor, aunque creíble en su contenido, no refiere un acto de penetración, sino un acercamiento o roce. Los hallazgos físicos y los informes forenses indican indicios de abusos antiguos, pero no permiten afirmar con certeza la ocurrencia del hecho en la noche del 2018, en particular la penetración. La valoración de la prueba refleja que, en ausencia de prueba concluyente, la calificación legal debe reducirse a abuso sexual simple, en línea con la doctrina que exige prueba más allá de toda duda racional para la consumación del acceso carnal." "Asimismo, se considera que la conducta del acusado, en un contexto familiar y en presencia de una pareja, es de gravedad, pero no alcanza la configuración del acceso carnal en el hecho juzgado, por lo que la pena se reduce en atención a las circunstancias y en consonancia con el mínimo legal."

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