LAS DELICIAS S.R.L. c/ MUNICIPALIDAD DE ROSARIO -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedentes los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por ambas partes y anuló las decisiones de la Cámara de lo Contencioso Administrativo Nº 2, ordenando un nuevo pronunciamiento conforme a las pautas establecidas por los ministros.
- Quién demanda: LAS DELICIAS S.R.L., empresa prestataria del servicio público de transporte de pasajeros en Rosario.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Rosario.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento contractual y alteración de las condiciones del contrato de concesión del transporte público, sumando $2.145.347,37 más intereses desde 2007.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró procedentes los recursos de inconstitucionalidad tanto de la actora como de la Municipalidad, anulando las decisiones previas y ordenando que la Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 vuelva a emitir un fallo en línea con las pautas señaladas en la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se consideró que la sentencia impugnada había incurrido en arbitrariedad y falta de fundamentación suficiente al aplicar erróneamente el plazo de prescripción bienal para una acción contractual, en lugar del plazo decenal que corresponde a la responsabilidad contractual del Estado según la doctrina y jurisprudencia. La decisión de la Cámara de aplicar el plazo de prescripción de dos años (art. 4037 del Código Civil) sin analizar adecuadamente la naturaleza contractual del reclamo y sin considerar los antecedentes jurisprudenciales que sostenían la competencia del tribunal contencioso administrativo, fue calificada como una desviación del derecho vigente. La sentencia también omitió realizar un análisis racional y fundamentado del resto de las pruebas, afectando la razonabilidad del fallo y la correcta valoración de los daños. La Corte resaltó que los cambios en las tarifas y condiciones del servicio, aunque reglamentarios, impactaron directamente en la ecuación económica financiera del contrato, por lo que el reclamo debía encuadrarse en la responsabilidad contractual, no en la responsabilidad extracontractual del Estado. La anulación busca que la Cámara emita un nuevo pronunciamiento ajustado a los lineamientos constitucionales y jurisprudenciales, garantizando una adecuada valoración de las pruebas y la correcta aplicación del plazo de prescripción.
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